Las modificaciones más relevantes de la reforma de la LEC
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Título: Las modificaciones más relevantes de la reforma de la LEC
- Fecha: 23/03/2024
- Tipo: Administración Justicia
- Fuente: economistjurist.es
- Resumen:
- Modificaciones:
- 1. Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre (en adelante, RD-Ley 6/2023).
- 2. Ajustes procedimentales, cambios en el ámbito del juicio verbal, reformas en materia de costas y el fomento del uso de medios telemáticos.
- Objetivo: Esta última reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, (en adelante, “LEC”) apuesta con fuerza por un proceso más eficiente.
- Entrada en vigor: 20 de marzo de 2024.
- Dictámenes periciales:
- 1. En caso de juicio verbal para aquellos supuestos en los que no se puedan aportar con la demanda o contestación.
- 2. En los 30 días posteriores desde la presentación de la demanda o contestación deberán ser, en todo caso, aportados ante el Juzgado correspondiente.
- 3. Plazo prorrogable si es que el tribunal estimara que concurre causa justificada que, por lo general, se dará principalmente en casos de especial complejidad de la prueba.
- Actos Telemáticos:
- 1. Preferencia genérica por la que los actos de juicio, vistas, audiencias, comparecencias y declaraciones se realicen mediante presencia telemática.
- 2. Condicionado a que existan los medios técnicos necesarios.
- 3. Para el caso de que se trate de una audiencia, declaración o interrogatorio de partes, testigos y peritos, supuestos en los que establece la premisa de que se requiere la presencia física del interrogado.
- 4. El/la Juez/a puede “disponer otra cosa” en cada caso concreto (discrecionalidad).
- 5. Evitar desplazamientos entre municipios, -se entiende, con sus consiguientes expensas- permitiendo que el interrogado residente en otro municipio solicite la participación telemática en el acto.
- 6. Las actuaciones por videoconferencia se realizarán desde la oficina judicial del domicilio o lugar de trabajo.
- 7. Cuando el/la Juez/a, “atendiendo a las circunstancias concurrentes, lo estime oportuno”, las intervenciones podrán hacerse desde cualquier lugar, siempre que se permita asegurar la identidad de quien interviene.
- 8. Se establece un plazo para solicitar el uso de medios de videoconferencia que, en todo caso, deberá ser 10 días antes del señalado para la actuación.
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